Trámites para certificado de defunción

¿CÓMO SOLICITAR UN CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN?

DECRETO 1171 DE 1977

1.- EN CLÍNICAS, HOSPITALES Y UNIDADES INTERMEDIAS: Si el deceso se presentó en los lugares antes descritos y la muerte fue por causas naturales. 

En estos casos, la entidad expide el certificado de defunción y lo entrega a los familiares o les informa que ya está listo, para que la familia inicie los trámites con la funeraria. A la vez, la familia debe ir gestionando en la entidad, la orden de salida.

2.- En EMI, CEM, SURA, EMERMÉDICAS, COOMEVA o cualquier otra prepagada:  Si el fallecido estaba afiliado con estas entidades y venía siendo atendido por una de ellas.  En estos casos, los familiares deben llamar a la entidad correspondiente y notificar el deceso de la persona fallecida para que ellos programen la visita del médico y éste a su vez, expida certificado de defunción o formulario de autopsia verbal para tramitar el certificado.

 

En cualquiera de los dos casos; certificado de defunción o formulario de autopsia verbal, la familia debe iniciar los trámites con la Funeraria.

 

3.- En CONSULTORIO DEL MEDICO DE CABECERA:  Si el deceso se presentó en la residencia y su médico de cabecera lo trataba de tiempo atrás.  En estos casos se debe llamar telefónicamente al médico e informar el deceso, para que él expida el certificado de defunción.

4.- En las EPS SURA o SAVIA SALUD:  Si el deceso se presentó en la residencia y estas EPS le venían atendiendo una patología tiempo atrás. En estos casos se debe llamar a la EPS correspondiente, informar el fallecimiento de la persona y esperar que la EPS autorice una entidad de convenio HOME GROUP (604) 444 33 88 extensión 1104 para realizar visita domiciliaria y expedir certificado de defunción o formulario de autopsia verbal para tramitar el certificado de defunción. 

 

En cualquiera de los dos casos: Certificado de defunción o formulario de autopsia verbal, la familia debe iniciar los trámites con la Funeraria.

5.- En las EPS NUEVA EPS o SALUD TOTAL:  Si el deceso se presentó en la residencia y estas EPS le venían atendiendo una patología tiempo atrás. En estos casos se debe llamar a la EPS correspondiente, informar el fallecimiento de la persona y esperar que la EPS autorice una entidad de convenio COLOMBIA SALUDABLE 300 332 6529 para realizar visita domiciliaria y expedir certificado de defunción o formulario de autopsia verbal para tramitar el certificado de defunción. 

 

En cualquiera de los dos casos: Certificado de defunción o formulario de autopsia verbal, la familia debe iniciar los trámites con la Funeraria.

6.- A través del 123:  Si el deceso ocurrió en la residencia en el municipio de Medellín, la causa fue natural y no estaba suscrito ni a EMI, CEM, SURA, EMERMÉDICAS, COOMEVA. Si no tenía médico de cabecera. Si no le estaban tratando una patología en las EPS SURA, SAVIA SALUD, NUEVA EPS o SALUD TOTAL.

En estos casos se debe llamar al 123 a reportar el deceso, para que a través de la línea le programen la visita de la policía.  Ésta se presentará con rapidez para verificar que ciertamente hay una persona fallecida y que no hay indicios de violencia.

  • Verificado esto, la Policía se comunica con Metrosalud para que programen la visita del médico de turno y expida el certificado de defunción para que la familia inicie los trámites con la funeraria.
  • Es importante informar que, con esta entidad, pueden presentarse demoras para la visita y expedición del certificado de defunción.

7.- En los HOSPITALES DEL ESTADO (ESE) DE CADA MUNICIPIO excluyendo a MEDELLÍN: Si el deceso fue por causas naturales y se presentó en la residencia, en cualquier municipio del Área Metropolitana excluido Medellín y no estaba suscrito ni a EMI, CEM, SURA, EMERMÉDICAS, COOMEVA. Si no tenía médico de cabecera. Si no le estaban tratando una patología en las EPS SURA, SAVIA SALUD, NUEVA EPS o SALUD TOTAL.  En estos casos los familiares deben presentarse en el Hospital del municipio donde falleció la persona, ingresar por urgencias, indagar por el Médico de Turno, deben llevar consigo la cédula de la persona fallecida y copia de la historia si existiera, e informar el deceso de la persona para que el hospital autorice el traslado del cuerpo a la entidad y se pueda expedir el certificado de defunción.

  • Muy importante que, al presentarse con el Médico, se le pregunte el nombre y apellido para informárselo a la Funeraria.
  • Una vez obtenida esta información, llamar a la Funeraria, informar nombre del hospital y nombre del médico para iniciar trámites.

8.- EN MEDICINA LEGAL:  Si el deceso fue violento o accidental, en todos los casos se debe llamar al 123 para que realicen el levantamiento del cuerpo, se ordene su traslado a Medicina Legal y realicen la necropsia.